09/06/2021. 27 lecturas. Desde el pasado 1 de junio y hasta el próximo 15 de octubre estará en vigor la prohibición de realizar barbacoas y quema de rastrojos en terrenos forestales y zonas de influencia forestal según se recoge en la Orden de 21/05/2009 de la Junta de Andalucía, que prohíbe totalmente el uso del fuego (hogueras, barbacoas, quemas agrícolas y forestales, etc,.) y la circulación de vehículos a motor para toda la Comunidad de Andalucía durante el citado periodo por ser época de alto riesgo de incendio.
Las excepciones permitidas, bajo autorización de las delegaciones territoriales de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, son las barbacoas en establecimientos turísticos y restaurantes rurales autorizados, así como la preparación de alimentos en campamentos infantiles o el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo.
El tránsito de vehículos a motor solo es posible en casos como las servidumbres de paso, los servicios de emergencia o extinción de incendios y los servicios ecoturísticos autorizados entre otros.
La dirección operativa del Plan Infoca pide a los ciudadanos que mantengan una actitud responsable cuando se encuentren en contacto con la masa forestal para evitar incendios que puedan poner en peligro el medio natural y los propios equipos de extinción. Recuerda también que ante cualquier avistamiento de humo o llama, debe alertarse a los servicios de emergencias llamando al teléfono 112.