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ABIERTO EL PLAZO PARA PEDIR AYUDAS DE 3.000 EUROS AL COMERCIO, ARTESANÍA Y HOSTELERÍA EN ANDALUCÍA

Las ayudas de 3.000 euros dirigidas al pequeño comercio, la artesanía y la hostelería se podrán solicitar desde hoy miércoles 7 de abril, una vez que la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades publicara ayer martes la convocatoria en un Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) extraordinario.

07/04/2021. 65 lecturas.
El plazo para solicitar las subvenciones será de 30 días naturales y a los interesados tan solo se les exigirá presentar junto a la solicitud el documento del poder de representación en el caso de que la curse su representante.

Una vez resueltas las ayudas, el pago será del 100% de la cuantía. Se ha eliminado la incompatibilidad con los incentivos concedidos por el Gobierno central por cese de actividad y con las ayudas de 1.000 euros a autónomos para mantener su actividad otorgadas por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. Con esta decisión, se logra que el apoyo llegue a más pymes de comercio, artesanía y hostelería, a las que se les aportará mayor solvencia económica. En el caso de las empresas que hayan recibido el incentivo de 1.000 euros de Empleo, la cuantía de la subvención será de 2.000.
Para acogerse a este programa se establece como requisito indispensable tener la condición de pyme, es decir, contar con una plantilla inferior a los 250 trabajadores y un volumen de negocio anual no superior a los 50 millones. Las pymes que pueden solicitar la ayuda son las encuadradas en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)correspondientes a los sectores de comercio y restauración. En el caso de las pequeñas y medianas empresas artesanas, deberán estar inscritas en el Registro de Artesanos de Andalucía.

Las subvenciones tienen como finalidad dotar de liquidez a las pequeñas empresas y se destinarán a compensar los gastos realizados en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 14 de marzo de este año para adquirir materias primas y existencias, abonar alquileres, suministros (agua, electricidad, telefonía y gas) y gastos de personal. Estas ayudas directas también se podrán emplear para pagar los servicios de limpieza, seguros, seguridad, mantenimiento y reparación de vehículos relacionados con la actividad o para sufragar medidas protectoras y equipamiento necesario para hacer frente al Covid-19 (mamparas, equipos de protección o test), entre otros conceptos.



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