08/04/2020. 81 lecturas. Esta moratoria consiste en la suspensión del pago de la hipoteca por un periodo mínimo de tres meses que, según se vaya desarrollando el estado de alarma provocado por el COVID- 19, se puede prorrogar si así lo decide el Consejo de Ministros.
A esta moratoria se puede acoger cualquier persona física que tenga una hipoteca sobre su vivienda habitual o bien un autónomo con hipoteca sobre su local de negocio y que, en ambos casos, se vean afectados por esta situación de inactividad económica provocada por el COVID-19.
Las personas interesadas en recibir más información o asesoramiento al respecto podrán contactar con la Ofician de Vivienda del Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca. Podrán hacerlo a través de los teléfonos 696840639 y 638678652 de lunes a viernes de 9 de la mañana a 2 de la tarde o bien a través del correo electrónico bienestarsocial@lospalacios.org, a la atención de la Oficia de Vivienda.
Desde la oficina de Vivienda, por tanto, se ofrecerá información y se tramitarán por un lado: la moratoria sobre la hipoteca de las personas físicas sobre su vivienda habitual o bien de los autónomos con hipoteca sobre su local de negocio.
Y por otro lado, se analizará el alquiler de vivienda habitual de las personas físicas o local de negocio de los autónomos para que los técnicos evalúen si se puede solicitar la suspensión de la cuota de alquiler o la reducción de la misma al 50%.
Igualmente aquellas personas que estén afectadas en la actualidad por un procedimiento de ejecución hipotecaria, podrán ponerse también en contacto con la Ofician de la Vivienda a fin de pedir la suspensión de dicho procedimiento.