30/03/2020. 21 lecturas. Durante el tiempo que se mantenga el Estado de Alarma, el Cementerio Municipal permanecerá cerrado. Únicamente se abrirá para la celebración de sepelios e inhumaciones de cenizas, de aquellas personas fallecidas durante el estado de alarma y cuyos restos hayan sido cremados.
El enterramiento o incineración, se podrán realizar sin tener que esperar a que se cumplan veinticuatro horas desde el fallecimiento, siempre y cuando este hecho no sea contrario a la voluntad del difunto o a la de sus herederos.
Se prohíben los velatorios, tanto en instalaciones públicas como privadas.
Se restringirá la comitiva para el enterramiento a los familiares más cercanos, limitándose como máximo a diez personas.
El acceso al Cementerio se hará de forma escalonada individual y no por grupos. Se deberán mantener las distancias mínimas de seguridad recomendadas por las autoridades sanitarias competentes, es decir, un metro como mínimo.
Se evitará todo tipo de manifestaciones afectuosas, posponiéndose el culto o ceremonia civil fúnebre, para cuando cese el estado de alarma. Se evitará el contacto físico con otras personas, usuarios y empleados.
Deberán abstenerse de acudir al Cementerio las personas que presenten algún síntoma respiratorio compatible o no con el COVID-19. En cualquier caso, no se permitirá la aglomeración de personas en el exterior del Cementerio en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020.
En caso de defunción por COVID-19 o personas que fallezcan por cualquier otra infección respiratoria, se atenderán los servicios mínimos necesarios de los afectados para darles sepultura, con extremo control de las medidas sanitarias con respecto al círculo familiar íntimo, por el mínimo tiempo permitido por la autoridad sanitaria competente.
Desde la Alcaldía se hace un llamamiento a la responsabilidad, al civismo y a la conciencia social, con el fin de evitar el contagio y/o la propagación del virus COVID-19. Estas medidas son de estricto cumplimiento.